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RESOLUCIÓN de 1 de julio de 2010, del Director Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales de Zaragoza, de aprobación de Programa individual de Atención, y de extinción por fallecimiento, en aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Publicado el 22/07/2010 (Nº 143)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES Y FAMILIA

Texto completo:

Vistos los expedientes de reconocimiento de la situación de dependencia tramitados a instancia de las personas que a continuación se relacionan, y teniendo en cuenta los siguientes

Primero.-Mediante Resolución administrativa del órgano competente del Departamento de Servicios Sociales y Familia, se reconoció un Grado y Nivel de Dependencia conforme al baremo de valoración establecido.

Segundo.-De acuerdo con el calendario de aplicación progresiva de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, en el momento en el que el Grado y Nivel de Dependencia reconocido a los solicitantes gozaba de efectividad para el reconocimiento del derecho a las prestaciones y servicios, éstos se encontraban ocupando una plaza en centro propio o concertado de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.-Con posterioridad, la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Servicios Sociales ha tenido conocimiento del fallecimiento de las personas interesadas.

Primero.-El presente procedimiento se ha tramitado conforme a lo establecido por la Ley 39/2006 y la Orden de 15 de mayo de 2007, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y el acceso a los servicios y prestaciones de la Ley 39/2006.

Segundo.-La Orden de 11 de julio de 2008, del Departamento de Servicios Sociales y Familia, por la que se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y el acceso a los servicios y prestaciones del sistema para la autonomía y la atención a la dependencia, establece la elaboración, de oficio, de un programa individual de atención (PIA) de continuidad, para las personas que hubieran accedido a plazas residenciales sostenidas con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón por procedimientos de ingreso distintos al propio del régimen de atención a la dependencia, asegurando la continuidad de dicho servicio.

Tercero.-La Instrucción de la Dirección General de Atención a la Dependencia, sobre tramitación de los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia en que se produzca el fallecimiento de la persona interesada, establece los criterios en caso de que el fallecimiento del solicitante se produzca con anterioridad a la elaboración del Programa Individual de Atención (PIA), así como la extinción de los servicios que venían recibiendo, por fallecimiento de la persona dependiente.

Por todo lo expuesto,

Primero.-Aprobar el Programa Individual de Atención de las personas incorporadas en el anexo I, por el que se reconoce el derecho al servicio que estaba disfrutando, en aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de 2006.

Segundo.-Acordar la extinción del servicio reconocido y el archivo de los expedientes correspondientes, por fallecimiento de las personas interesadas.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que podrá ser recurrida en alzada en el plazo de un mes ante la Consejera de Servicios Sociales y Familia, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.